Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara SIN LUGAR EL RECURSO DE INVALIDACION interpuesto por la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO LA GUAIRITA contra la sentencia proferida en fecha 16 de diciembre de 2005 por este Juzgado.