A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal determinó la improcedencia en derecho de sustanciar la SOLICITUD DE INSPECCIÓN JUDICIAL GRACIOSA, presentada por la abogada en ejercicio Saraii Beatriz Álvarez Guerra, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 118.992, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ANDRES EDUARDO FRANCHESCHI OCHOA, en los términos en que fuere peticionada.