(...) este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en virtud que la mediación fue positiva y que no se vulnero ningún derecho irrenunciable de la trabajadora ni normas de orden público, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo HOMOLOGA el acuerdo de las partes dándole efecto de Cosa Juzgada. En relación a las copias certificadas solicitadas este Juzgados las acuerda en conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3 del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; una vez consten los respectivos fotostatos, retirados los cuales se procederá a ordenar el cierre y archivo del expediente.-PUBLIQUE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.- año 197° y 148°.- (...)