En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, el presente recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por los abogados Jorge Luis Mayor Vivas, Melvin Jesús Mayor Vivas y Martha Yusleiby Mayor Torres, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 58.649, 53.912 y 136.887, respectivamente, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano José Gregorio Dos Santos Pérez, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula Identidad N° 15.021.194, contra el Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda.