En fuerza de las anteriores consideraciones, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: TERMINADO el procedimiento de Jurisdicción Voluntaria presentada por el abogado ALÍ VENTURINI VILLARROEL, en su carácter de apoderado judicial de ALBERTO FRANCESCHI, y de la empresa INVERSORA LA ESTANCIA S.A.