DISPOSITIVO
En razón de lo anterior, este JUZGADO QUINTO (5°) SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara lo siguiente: PRIMERO:
IMPROCEDENTE la MEDIDA CAUTELAR DE AMPARO CONSTITUCIONAL CONJUNTAMENTE CON EL RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO solicitada por la C.A. RESONANCIA MAGNETICA CAREMA, en contra de las actuaciones de fecha 04 de febrero de 2021, 26 de febrero de 2021 en el expediente N° 023-2021-01-00225 y la Providencia Administrativa N° 00218/21 de fecha 31 de agosto de 2021 en el expediente S02.2021.0600073, por la Inspectoría del Trabajo en el Municipio Libertador del Distrito Capital- Sede Norte , en virtud de la reclamo que incoara el ciudadano HECTOR ENRIQUE PEÑA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V- 14.174.474. SEGUNDO: No hay especial condenatoria al pago de las costas procesales dada la naturale.....