En consecuencia, el Tribunal administrando justicia en nombre de la Republica, niega la solicitud formulada por los ciudadanos Roberto Manuel Da Silva De Sousa, Elsie Maria Medeiros De Sousa y Jhonny Edgar Da Silva De Sousa, para que se les declare como Únicos y Universales Herederos de la ciudadana Maria Alzira De Sousa de Medeiros ya que no existe la necesaria identidad y congruencia entre sus apellidos reflejados en los recaudos cursantes en autos. Así se decide.