Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y por autoridad de la Ley declara: UNICO: IMPROCEDENTE la inhibición planteada por el Dr. Marcial Mundaray Silva, en su carácter de Juez Titular del Juzgado Sexto (6°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la demanda de nulidad propuesta por la representación judicial de la empresa Distribuidora Giraluna, C.A., contra la Providencia Administrativa No. 020-13 de fecha 29 de enero de 2013, emanada de la Inspectora del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se ordenó el reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano Cristóbal Mendoza García.