Congruente con los razonamientos expuestos, se impone para este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conceder el pase correspondiente otorgándole en este
sentido fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de divorcio Nº 502006DR013I07 SB/FZ, emitida por el Tribunal de Circuito en y para el Décimo Quinto Circuito Judicial en y para el Condado de Palm Beach, Florida, Estados Unidos de América, en fecha 20 de octubre de 2011, en la cual se declaró disuelto el matrimonio civil que existía entre los ciudadanos SALOMON AZAGOURY LANCRY e ISOLINA GARCÍA DE AZAGOURY, celebrado el día 9 de octubre de 1990, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, el primero titular de la cédula de identidad N° 2.975.178, y la segunda titular de la cédula de identidad N° 94.628.