DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte demandada, contra el auto de admisión de fecha cinco (05) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), dictada por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. ASI SE DECIDE.- SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se NIEGA la admisión de la prueba de informe solicitada a Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital (sede norte).