´RIMERO: CON LUGAR la demanda que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA interpuso la ciudadana ZULY EVELYN MELENDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.964.009, asistida por el abogado SILBERTO JOSÉ TREMARIA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 51.583, contra el ciudadano VICTOR SEGUNDO GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.510.840.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia, con lo dispuesto en los artículos 1363 y 1364 del Código Civil, queda RECONOCIDO JUDICIALMENTE el contenido y la firma del documento privado contentivo de un contrato de venta pura y simple, perfecta e irrevocable suscrito por el ciudadano VICTOR SEGUNDO GUTIERREZ, junto con la ciudadana ZULY EVELYN MELENDEZ, todos ampliamente identificados anteriormente, sobre un (01) inmueble objeto de la demanda´