Asimismo, las partes han llegado al presente acuerdo: La parte demandada ofrece pagar a la parte actora la cantidad de Bs.F.53.000,00 por los siguientes conceptos: Diferencia por la prestación por antigüedad y días adicionales, diferencia por indemnización por antigüedad y compensación por transferencia prevista en el artículo 665 de la Ley Orgánica del Trabajo, y vacaciones fraccionadas. Asimismo, las partes reconocen la fecha de ingreso y fecha de egreso y el cargo señalado en el escrito libelar. En este orden de consideraciones, las partes acuerdan materializar y recibir el pago en el día siete (07) de julio de 2010, mediante cheque a favor de la ciudadana XIOMAIRA PATRICIA UTRERA BREA, cédula de identidad NºV-5.015.987, a cuyos efectos las partes se comprometen a consignar por ante la URDD de este Circuito copia simple del instrumento valor mediante el cual se dará cumplimiento a lo acordado en el día de hoy. En este estado la representación judicial de la parte actora acepta la .....