PRIMERO: Improcedente la presente acción de amparo constitucional, intentada por el ciudadano Freddy Antonio Navas, en contra del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, no hay condenatoria en costas.