DECISIÓN
Por las razones expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley se declara: 1°) INCOMPETENTE para conocer de la demanda de nulidad interpuesta por el abogado Gustavo Rodríguez Nieto, actuando en su carácter de apoderado judicial de la República Bolivariana de Venezuela por Órgano de la Procuraduría General de la República, contra la Providencia Administrativa Nº 0961-09 de fecha 29 de diciembre de 2009, dictada por la Inspectoría del Trabajo Pedro Ortega Díaz que ordenó el reenganche por pago de salarios caídos del ciudadano Leonardo Burgos, todos plenamente identificados en autos, 2°) DECLINA la competencia en los Juzgados de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, al cual por distribución le sea asignada la misma.