III
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos EDUARDO JIMENEZ, CLAUDIA AVILA, MAURICIO REYES, PEDRO RAMIREZ, RAMON ORTIZ Y DIONISIO MATERANO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números: 10.460.744, 3.182.643, 12.812.159, 6.356.805, 3.096.966 y 4.313.417 respectivamente, en contra de la JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE HIPODROMOS. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, de conformidad a lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República, todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y .....