Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Tercero (3°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, SEGUNDO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, dada su incomparecencia a la celebración de la audiencia oral de apelación, TERCERO: SE CONFIRMA el fallo recurrido dictado en fecha 08 de julio de 2009, por el Juzgado Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, CUARTO: NO HAY ESPECIAL CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza de la presente decisión, todo en el juicio incoado por el ciudadano WILLIAM ALBERTO LUNA GONZALEZ contra CONSTRUCCIONES CALICANTO, C.A.-