En virtud de los razonamientos anteriormente realizados, este Tribunal Trigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano HUMBERTO RAFAEL CALDERON CHARACO, contra la empresa DISTRIBUIDORA J TIME C.A.. SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada a pagar a la actora la cantidad de TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CINCO CÉNTIMOS (Bs. 36.564,05), por los conceptos establecidos en la motiva del presente fallo. TERCERO: SE ORDENA la designación de un solo experto contable, cuyos honorarios correrán por cuenta de la demandada, a fin de que determine los intereses sobre prestación de antigüedad, los intereses de mora y la indexación monetaria, con base a los parámetros esta.....