DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio incoada por los Ciudadanos JAZIEL GABRIELA VASCO PEDROZA Y GERARDO JOSE ALBORNOZ DOMINGUEZ, titulares de las cédulas de identidad números V-19.966.793 y V-17.900.997, respectivamente, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados Ciudadanos, contraído el 23 de mayo de 2014, ante el Registro Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta estado Miranda, según consta en Acta N° 56, folio 56 del Libro de Registro Civil de Matrimonios de ese año.
Regístrese, Publíquese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción J.....