DISPOSITIVA
Por las motivaciones precedentes, este JUZGADO DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos ROBERTO ENRIQUE D’ALESSANDRO LEAL y JENNY MARGARITA CORREA DE D’ALESSANDRO, venezolanos, mayores de edad y domiciliado el primero en San José de Costa Rica y la segunda de este domicilio, titulares de la cedula de identidad Nos. V-3.183.694 y V-4.349.456 respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 14 de noviembre de 1975, contrajeron matrimonio civil por ante El Registro Civil d.....