III
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la querella incoada por contra los ciudadanos INGRID FIGUEROA, MANUEL TRILLO, OSWALDO SORONDO Y SURBIA ARANDA, titulares de la cédula de identidad Nos. 8.450.095, 5.407.917, 5.405.435 y 3.770.718, respectivamente, representado por Rafael Camacho, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 16.104, contra la ALCALDÍA DEL MUNICICPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO LIBERTADOR.
Publíquese, regístrese, y Notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Superior Tercero de Transición de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con sede en Caracas, a los veintiocho (28) días del mes de Octubre del año dos mil ocho (2.008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
LA JUEZ
Abg. BELKIS BRICEÑO SIFONTES
.....