Ahora bien, visto que consta a los autos diligencia de fecha 26 de octubre de 2010, mediante la cual, la representación judicial de la parte demandada consigna acta de convenimiento, así como las documentales que evidencian el cumplimiento del pago de la obligación contraída en el acta de fecha 26 de octubre de 2010, en el cheque N° 190001044, emitido en fecha 20/10/2010, contra cuenta corriente N° 01630903669033000536, por la cantidad de DIECISSÉIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE BOLÍVARES CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 16.637, 84) a favor del ciudadano OSCAR PADRÓN, titular de la cedula de identidad numero 6.976.993, parte actora en el presente procedimiento; y como quiera que en el contenido de dicha acta se solicitó igualmente la Homologación del acuerdo celebrado entre las partes y se ordene el cierre y archivo del expediente; este Tribunal visto lo anterior y verificados los extremos de ley contemplados en el artículo 10 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con .....