Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, actuando en sede constitucional, y administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Resuelve:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la oposición efectuada por las abogadas VANESSA SANTOS HUEN, CARLA BOLÍVAR SÁNCHEZ, ALEJANDRO TOSTA CASTILLO y JEANEYCER SUBERO RODRÍGUEZ inscritas en el Instituto Previsión Social del Abogado bajo los números 117.024; 117.244; 178.130 y 196.522, respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales del MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, contra el amparo cautelar dictado por este Tribunal en fecha 14 de agosto de 2014.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes el amparo cautelar de fecha 14 de agosto de 2014.-
Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia.