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DECISIÓN
En fuerza de las razones que anteceden, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto en fecha 29 de septiembre de 2025, por el abogado ROLANDO ANTONIO FLORES DUGARTE, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EDUARDO BELLO GONZÁLEZ, contra el auto dictado, en fecha 08 de agosto de 2025, que negó oír la apelación ejercida contra la providencia judicial dictado el 28 de julio de 2025, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sustanciado en el expediente AP11-V-FALLAS-2019-00179 (Nomenclatura interna de ese Circuito Judicial).-
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas del recurso, dada la n.....