Por la razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Materia de Reenvío en lo Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
ÚNICO: DECLARA SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la Abogada ELAINE DOMINGUEZ, en su condición de Fiscala 107 del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contra la decisión de fecha 21-01-2011, dictada por el Juzgado Primero (1°) de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual negó por extemporánea la solicitud de prórroga interpuesta, conforme lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y CONFIRMA la referida decisión.
Regístrese, déjese.....