Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO en los términos establecidos, celebrado entre la ciudadana KARELIS CAROLINA SANCHEZ ARCINIEGA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 17.751.392 domiciliada en el Sector Doña Bárbara, vía principal, frente al cementerio, Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, y el ciudadano CHARLE JOSE CHAVEZ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.725.102, quien se desempeña como Policía Regional, domiciliado en el sector San José, calle Miranda, casa s/n, Parroquia Encontrados, Municipio.....