DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha diecinueve (19) de septiembre de dos mil once (2011), por el abogado JOSÉ FRANCISCO ÁVILA MARCANO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en contra de la decisión pronunciada el día ocho (08) de agosto de dos mil once (2011), por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a través de la cual declaró EXTINGUIDO EL PROCESO; y que declaró que se había producido el efecto señalado en el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, QUEDA CONFIRMADA en todas y cada una de sus partes la decisión.....