Se dicto sentencia interlocutoria mediante la cual se NIEGA el decreto de la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada.
Dada firmada y sellada en este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintiocho (28) días del mes de noviembre de 2013. Años 203° y 154°.