Por las razones expuestas, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA, en el juicio incoado por los ciudadanos Luis Rodríguez y Otros contra la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (C.A.N.T.V.) en consecuencia SE CONFIRMA el auto de fecha 08 de junio de 2006, dictado por el suprimido Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas.-