DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas en uso de sus facultades legalmente conferidas, acuerda DECLARAR la LIBERTAD PLENA al ciudadano QUINTERO CIRO LUIS, quien tiene nacionalidad Venezolana, natural de Caracas de estado civil soltero, hijo de JOSEFA ANTONIA QUINTERO Y DE PADRES DESCONOCIDO, de oficio obrero, identificado con la cedula de identidad V-4.768.636, por haber cumplido a cabalidad con el régimen de prueba a raíz del otorgamiento del Beneficio de Libertad Condicional .
Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes, envíese boleta a la Policía del Municipio Sucre, remítase copia certificada de lo que es planado a los organismos competentes, asimismo compulse lo conducente a los fines que el penado en cuestión sea debidamente impuesto de lo aquí explanado a tenor de lo previsto en el articulo 481 del código orgánico procesal .....