este Tribunal vistos y examinados como han sido todos los recaudos y vista asimismo la aceptación al cargo de Curador Ad-Hoc hecha por la ciudadana CARMEN OLINDA ASCANIO MORALES, titular de la Cédula de Identidad número 8.855.242, acuerda en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona de la ciudadana CARMEN OLINDA ASCANIO MORALES, antes identificada, el Cargo de CURADOR AD-HOC, del adolescente sssssssssssssssss y de la niña sssssssssssssssssssssssss. Expídase por secretaria copias certificadas del escrito de solicitud, del acta de juramentación y del presente auto, a los fines legales pertinentes. Cúmplase lo ordenado