V
DECISION
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por CALIFICACION DE DESPIDO interpuesta por el ciudadano JOSEPH PAUL GUILLAUME contra HOSPITAL MEDICO QUIRURGICO "DR RICARDO BAQUERO GONZALEZ", identificado en autos. SEGUNDO: No hay condena en costas.
Se ordena notificar a la Procuraduría General de la República de la decisión del cuerpo íntegro de fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.