Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 27 de noviembre de 2008, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana NORELLY CECILIA VERDU RIVERO en contra JARDINES EL CERCADO C.A. TERCERO: Se confirma el fallo apelado. CUARTO: Se condena en costas a ambas partes. QUINTO: Por último, se ordena participar a la Juez Octavo de Juicio de las resultas de la presente apelación.