DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Reenvío en lo Penal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ADMITE recurso procesal de apelación incoado por la profesional del derecho Dra. EVERLIN DE LA CRUZ, Defensora Pública Primera Penal con Competencia Especial en Delitos de Violencia contra la Mujer adscrita a la Unidad de la Defensoría Pública Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de defensora del ciudadano ORTIZ BARANDICA JORGE ELIECER, titular de la cédula de identidad N° V-16.368.694, contra.....