Ahora bien, en cuanto a la revisión del texto contentivo de la transacción, se observa que el mismo se encuentra ajustado a derecho de conformidad con lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley del Trabajo, por cuanto versa sobre los derechos discriminados en el escrito de oferta real, que está circunstanciada y fueron discriminados los derechos en ella comprendidos. En consecuencia el Tribunal homologa el acuerdo transaccional, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Así se decide.
El Juez
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto
Abg. Antonio Boccia