D ECI S I O N
Por todos los razonamientos que anteceden, este Tribunal Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano SALOMON MAGAN ARCE contra ALEXANDER LOPEZ ALAYON, ambas partes suficientemente identificadas en los autos; y como consecuencia de ello, se declara RESUELTO el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en fecha 22/07/2004 y CONDENA al demandado a PRIMERO: En hacerle ENTREGA a la parte actora un apartamento por un apartamento, ubicado en la Av. Saltron, Edif. Los Ruiseñores, Piso 3, Apto F-31,m Colina de los Ruices, Municipio Sucre del Estado Miranda libre de bienes y personas.- SEGUNDO: A cancelar a la parte actora, la suma de CINCO MIL SEISCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bf 5.600,00).-
Se condena en costas a la parte demandada, a tenor de lo previsto en el artículo 27.....