Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la abogada MARY JEAN PAREDES MARSAHLL inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 69.206, quien actúa en nombre propio y en representación de los ciudadanos SAMUEL LEVY DUER y PATRICIA DANIELA ROSLER DE LEVY ¿parte intimante en el presente asunto-, mediante la cual ejerció recurso de casación contra la sentencia dictada por éste Tribunal en fecha 25/05/2011. Como consecuencia de la admisión del recurso de casación interpuesto se ordena la inmediata remisión del presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio que a tal efecto se acuerda librar. Asimismo por cuanto se evidencia que el presente expediente presenta enmendadura e.....