Se deja constancia que le Juez que preside este Despacho estuvo de reposo médico desde día lunes 30 de mayo de 2011 hasta el día miércoles 21 de junio de 2011, ambos inclusive, reintegrándose a sus labores el día jueves 23 de Junio de 2011. Asimismo vista la diligencia suscrita por la ciudadana Carolina Khoder, debidamente asistido por el profesional del derecho Pablo Martínez, actuando en su carácter de parte actora, mediante la cual desiste del procedimiento incoado contra la empresa "Cerámicas La Popular 2 C.A., este Juzgado HOMOLOGA el mismo en los términos expuestos, dándole efectos de cosa juzgada en lo que respecta al proceso, ordenándose el cierre y archivo de la presente causa. Cúmplase.