Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del extrabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos y valor de la Cosa Juzgada en el presente procedimiento por CALIFICACION DE DESPIDO. Este Juzgado ordenara el cierre y archivo de la presente causa una vez conste en autos copia del pago. Se deja constancia que le fueron entregados los escritos de promoción con sus respectivos anexos a ambas partes.- Este Juzgado acuerda la solicitud por las partes de copia certificada del presente acuerdo.
La Juez
Leticia Morales Velásquez
Apoderado judicial de la Parte actora
Apoderada judicial de la demandada
El Secretario
Antonio Boccia
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