Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Juzgado Trigésimo Segundo 32º de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SE HOMOLOGA, la transacción presentada por la parte actora FERNANDO DANIEL GUARAMATO PERALES, titular de la cédula de identidad Nro V-13.979.349, debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio PEDRO JOSE VILELA CAMPOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 119.708 y la parte actora entidad de trabajo Sociedad Mercantil "BIMBO DE VENEZUELA, C.A.," representada en este acto por el abogado JONATHAN PAUL VARELA AGUILAR , inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 118.054 . Así se establece.
En consecuencia una vez vencido el lapso de cinco (05) días para recurrir la presente decisión.....