Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, 26, 27 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: Se confirma, con base en una motivación diferente, la decisión proferida el veintinueve (29) de noviembre de dos mil diecisiete (2017) por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual negó la medida de embargo ejecutivo, en el juicio de estimación e intimación de honorarios profesionales incoado por MARIELBA BARBOZA contra la sociedad mercantil RESTAURANT MESON SIGLO XXI.
Segundo: Se declara sin lugar la apelación ejercida en fecha 18 de febrer.....