DISPOSITIVA
Por las motivaciones precedentes, este JUZGADO DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos CARLOS ALBERTO DE PONTE DA SILVA e IRENE GABRIELA LABORI OCHOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-18.024.591 y V-17.439.897, respectivamente
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos CARLOS ALBERTO DE PONTE DA SILVA e IRENE GABRIELA LABORI OCHOA, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capit.....