En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la FALTA DE CUALIDAD opuesta por la sociedad mercantil BANCO PROVINCIAL, S.A.C.A, C.A. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano JOSÉ ANGEL VASQUEZ LÓPEZ contra la sociedad mercantil BANCO PROVINCIAL, S.A.C.A, C.A. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano JOSÉ ANGEL VASQUEZ LÓPEZ contra la sociedad mercantil SEDNA TECH, C.A. CUARTO: Se ordena a la parte demandada SEDNA-TECH, C.A, a cancelar los conceptos indicados en la motiva del fallo. QUINTO: Se ordena la corrección monetaria de los conceptos ordenados calcular, conforme al artículo 185 de la.....