VI.
Dispositivo
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos incoada por el ciudadano Richard Venancio Rodríguez Duran contra Pramarca Ingenieros Asociados, C.A., partes suficientemente identificadas a los autos, por lo que se le ordena a la demandada a cancelar los siguientes conceptos antigüedad y sus respectivos intereses, indemnización por despido injustificado y preaviso omitido, vacaciones fraccionadas, utilidades fraccionadas, asistencia puntual y perfecta, dotación de botas y bragas, intereses moratorios e indexación, a los fines de su cuantificación se ordena la practica de una experticia complementaria del fallo a tenor con lo dispuesto en el artículo 159 de la Ley Org.....