este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Inadmisible la demanda por reenganche y pago de salarios interpuesto por la Asociación Civil de Discapacidad Consejo Metropolitano de Trabajadores Socialista "CUMBE" contra la Alcaldía Metropolitana de la Ciudad de Caracas, partes suficientemente identificada a los autos, en consecuencia quedan sin efecto todas la actuaciones procesales hasta la presente fecha – exclusive -. Segundo: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión, pues ninguna de las partes resultó vencida.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la.....