DISPOSITIVA:
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado DECIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES intenta BANESCO BANCO UNIVERSAL, contra sociedad mercantil INVERSORA SEGUPLAN CA., en su carácter de deudor principal y a la ciudadana BERROTERAN SILVA MAGDA venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. 8.682.524, en su carácter de fiadora solidaria, produciéndose los efectos establecidos en los artículos 270 y 271 del Código de Procedimiento Civil.-
De conformidad con lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil no ha lugar a costas.-
Devuélvanse los documentos originales solicitados en la diligencia de fecha 22 de septiembre de 2011.
Publíquese, R.....