este Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa, y ORDENA remitir el expediente al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines instar a su ejecución, y al ciudadano Procurador General de la República.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintinueve (29) días del mes Octubre del año 2024. Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.-