Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Vigésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud que por calificación de despido incoara la ciudadana ZHULAY DEL CARMEN REAÑO SERRANO contra la empresa COMERCIALIZADORA TERRA MARE C.A.. En consecuencia, queda admitido que: Primero: Que la ciudadana ZHULAY DEL CARMEN REAÑO SERRANO, ingresó a trabajar en fecha 09 de agosto de 2012, a la empresa COMERCIALIZADORA TERRA MARE C.A. Segundo: Que desempeñaba el cargo de GERENTE DE OPERACIONES. Tercero: Que devengaba un salario Mensual de CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs. 4.000,00). Cuarto: Que laboraba en un horario de trabajo de 9:00 am a 12:00 pm. y de 1:00 pm a 5:00 pm. Quinto: Que en fecha 25 de OCTUBRE de 2.012, fue despedida por el ciud.....