este Tribunal DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, interpuesta por los ciudadanos HANSY JOHAN ALFONSO HERNANDO y ALEJANDRA ANGELICA PASTORI BRITO, venezolanos, mayores de edad de este domicilio y titulares de la cedula de identidad Nros V-14.037.128 y V-14.727.396, respectivamente, en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 188 y 189 del Código Civil, en concordancia con el parágrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por secretaria copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sea consignado por los solicitantes los fotostatos correspondientes. Cumplase. -
EL JUEZ,
Dr. RENAN JOSÉ GONZALEZ
EL SECRETARIO,
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