En este estado Visto el acuerdo Transaccional antes descrito, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, verificado como ha sido la comparecencia personal del trabajador demandante, ciudadano Turco Contreras Jhon Benjamin, debidamente asistido por la abogada Maria Ines Correa, antes identificada, así como de la apoderada judicial de la demandada, la abogada Ana Cabrera, inscrita en el Ipsa bajo el número 255.257, quien actúa en uso de las facultades que le fueran conferidas en los términos del instrumento poder cursante a los folios 34 al 37, del expediente contentivo de la presente causa; y visto finalmente que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo previsto en el artículo 133 del la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es por lo que HOMOLOGA EL ACUERDO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada, conforme a los artículos 26, 257 y 258 de .....