En cuanto a la solicitud incoada por la Representante del Ministerio Publico y no habiendo oposición alguna por la defensa, en el sentido que le sean mantenidas las medidas cautelares impuestas en su debida oportunidad por el Tribual consagradas éstas en los literales “c”, “d” y “f” del articulo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, las cuales se traducen en: Presentaciones Periódicas ante este Juzgado cada ocho días, dejando al criterio del Juez de Juicio que ha de conocer de la presente causa el distanciamiento o no de las mismas una vez la acusada consigne la constancia de estudios, prohibición de salir de la jurisdicción del Tribunal sin la debida autorización y prohibición de acercarse a las victimas en el presente caso, ello por considerarlo suficiente para garantizar las resultas del proceso...Se admiten todos los medios de prueba ofrecidos por la Representación Fiscal, los cuales se encuentran en el escrito ac.....